Saltar menú de navegación Teclas de acceso rápido
La Provincia #LaColumnaDelAdultoMayor

Nuevas medidas socioeconómicas del Gobierno

Rosa Soria, del Foro de Jubilados, detalla todas las normas vigentes.

En el marco de la crisis sanitaria actual producida por la pandemia  del COVID-19 que aún nos tiene en vilo a toda la población mundial, y como natural consecuencia la inevitable crisis económica que ya se está manifestando en muchos sectores del país, el gobierno nacional en acuerdo con los mandatarios de todas las provincias, convinieron el dictado de distintas normativas con el fin de continuar con el acompañamiento y ayuda a diversos grupos societarios y con principal objeto de atenuar estas circunstancias adversas y colaborar con la población para que puedan sobrellevar sin tantos obstáculos y sacrificios la situación que afecta a la comunidad toda. Dichas normativas abarcan las siguientes temáticas: Apoyo Pami, Suspensión de cobro de Créditos ANSeS y Nueva tanda de pago de IFE:

 

Apoyo Pami                                 

 

 Como muchos sabemos mediante el programa  alimentario, que forma parte del plexo de prestaciones que otorga PAMI, se hace entrega a miles de afiliados un bolsón que incluye productos no perecederos determinados por especialistas en nutrición con el fin de ayudar al beneficiario a complementar su alimentación diaria. Que tal como sucedió en el mes de mayo, con retroactivo a mensual marzo y abril, en virtud de que la distribución de la prestación en especie en tiempo y forma, realizada mediante los centros de jubilados y pensionados se ve dificultada por las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio establecidas, la obra social de los jubilados y pensionados del país (Programa de Asistencia Médica Integral) , dependiente del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados INSSJP, estableció que, en el marco de la actual situación que tristemente vivimos, se realice por segunda vez un pago extraordinario en reemplazo del valor del bolsón de alimentos, suma que asciende desde $ 1.600, y cuyo monto depende de la categoría registrada y de la zona geográfica de residencia del afiliado.

 

Dicha suma dineraria se va a acreditar en la cuenta bancaria en donde los asociados perciben sus prestaciones previsionales, ya sea jubilación y/o pensión, (Cuenta Gratuita de la Seguridad Social), lo que se visualizara en el recibo de haberes mediante el concepto Apoyo Pami, todo ello mediante un convenio celebrado entre la entidad de salud y Anses.

 

Esta medida se suma a las numerosas decisiones que tienden a evitar la circulación de las personas mayores o discapacitadas, permitiéndoles percibir la prestación sin salir de sus hogares, posibilitando el cumplimiento acabado de las indicaciones obligatorias de aislamiento social establecidas para el cuidado de la salud de la comunidad toda.

 

Asimismo se les recuerda a los adultos mayores que, ante la duda o confusión, pueden solicitar nuestros servicios del Foro de Jubilados a efectos de que realicemos el debido control del depósito de las sumas citadas, entregándoles constancia del resultado que se obtenga, orientándolos además a donde deben cursar los reclamos ante la existencia de errores en los montos acreditados o ausencia del mismo.

 

 

 

Suspensión de cobro de cuotas de crédito Anses:

 

Siguiendo con la línea de las decisiones gubernamentales para ayudar al pueblo a sobrellevar económicamente la crisis mundial, nuevamente desde Anses, y mediante el dictado de la Resolución 2/2020 , se decidió el no cobro de las cuotas de los créditos Anses, antes llamados prestamos argenta, que estén vigentes actualmente, por los mensuales julio y agosto del corriente año, lo que se suma a la ya suspensión determinada en el mes de  marzo, cuando toda esta situación sanitaria comenzó.

 

Esta medida significa un aporte importante del gobierno nacional en razón de que renuncia a adquirir los conceptos por cuota mensual e intereses de los cuales es acreedor, constituyendo un incremento significativo en las sumas que mensualmente perciben los jubilados y pensionados, engrosándose el bolsillo con la mirada puesta en la reactivación de la económica mediante el ingreso de esas sumas en el consumo interno.

 

Que al respecto es necesario aclarar que la resolución establece que durante los periodos de suspensión decididos, los beneficiarios de la misma no podrán acceder a nuevos préstamos o créditos que otorga el organismo nacional, pudiendo hacerlo aquellos que no cuenten con créditos vigentes con cuotas pendientes, claro está que podrán solicitarlo en aquellas UDAIS y oficinas de las localidades que se encuentren abiertas al publica aunque de manera presencial, ya que por ahora, dicha prestación se puede solicitar solo mediante turno emitido por el sistema web o el número telefónico 130.

 

Además resulta pertinente aclarar, según la normativa citada, que para aquellos créditos otorgados para los titulares de AUH o SUAF, la suspensión decidida dependerá que el hijo menor por el cual se percibe la prestación previsional no adquiera durante el lapso pertinente  (julio o agosto) la mayoría de edad, es decir 18 años, caso en el cual la suspensión no se aplicara, salvo en el caso de que la persona tenga discapacidad acreditada.

 

Asimismo es menester explicar que, la limitación de edad necesaria para adquirir el crédito al tiempo de la finalización y pago de la última cuota establecido por la normativa vigente (90 años), se encuentra exceptuada para el caso de que el beneficiario alcance esa edad en los meses establecidos para la suspensión (julio y agosto), ello en razón de posibilitar el diferimiento del pago de las cuotas, permitiendo que el jubilado o pensionado pueda completar el plan de pago cuando la situación de emergencia haya finalizado, mejorando eventualmente su situación económica personal.

 

También en esta temática la institución brinda asesoramiento integral y la ayuda correspondiente para controlar la aplicación estricta de la normativa citada, posibilitando al jubilado o pensionado verificar si efectivamente se le realiza o no el descuento de las cuotas de sus respectivos créditos contratados.

 

 

 

Nuevo pago de Ingreso Familiar de Emergencia

 

Por último, y no por eso menos importante, aclaramos diversas dudas respecto a la decisión de otorgar un nuevo y tercer pago del Ingreso Familiar de Emergencia, prestación dineraria no contributiva excepcional que vino a acompañar a los sectores más vulnerables, ayudando a 9 millones de personas a sobrellevar económicamente esta situación drástica sanitaria mundial.

 

En primer lugar, y de acuerdo con lo convenido entre el gobierno nacional y las provincias del país, la tercera tanda de IFE se abonará a las personas que ya se encuentran inscriptas y que percibieron las dos primeras prestaciones, es decir que no se abrirá una nueva tanda de solicitudes, encontrándose cubierto ya, según los análisis del poder ejecutivo, el universo poblacional vulnerable susceptible de percibir la ayuda económica establecida, permitiendo que tres de los nueve millones de argentinos alcanzados no caigan en el flagelo de la pobreza.

 

Que mientras se encuentra en transcurso el segundo pago del beneficio se estableció que la siguiente tanda se abonara con la misma modalidad de pago, es decir mediante el depósito en cuentas bancarias, ello a los efectos de prevenir posibles estafas y principalmente evitar la circulación de personas en la vía publica, posibilitando el cuidado y protección de la salud de todos.

 

El cronograma de pago de la tercera cuota del ingreso familiar de emergencia iniciará al finalizar el que se encuentra aún en curso, específicamente el 8 de agosto del corriente, abonándose en primer lugar, tal como sucedió anteriormente, a los titulares de AUH y AUE, cuya suma se acreditara en la misma cuenta bancaria en la cual perciben la citada asignación, y, si se repite el esquema de pago anterior, el cronograma se extenderá hasta los primeros días de septiembre si se mantienen las mismas circunstancias.

 

Con estas medidas el estado pone de manifiesto que las condiciones y los factores que motivaron el dictado de la emergencia sanitaria aún subsisten, por lo cual resulta necesario continuar con las decisiones y medidas paliativas, que tienden a atenuar las consecuencias nefastas que esta terrible pandemia ocasiona en todos los ámbitos de la vida a nivel global, situación en la cual la actividad de las organizaciones intermedias, como lo es el Foro de Jubilados, resulta fundamental para colaborar, controlar y permitir que las medidas adoptadas se apliquen de manera cabal y llegue, sin excepción alguna, a todas las personas alcanzadas por la normativa.

Los comentarios de este artículo se encuentran deshabilitados.

Te puede interesar

Teclas de acceso