El País

La justicia confirmó el sobreseimiento a "Pepín" Rodríguez Simón

Crédito: Página 12

La Cámara Federal confirmó este martes el sobreseimiento del exoperador macrista Fabián Pepín Rodríguez Simón -quien regresó a la Argentina a fines del 2024 luego de haberse fugado a Uruguay por casi tres años y medio- en la causa en la que está imputado por extorsión y amenazas a los accionistas del Grupo Indalo, Cristóbal López y Fabián De Sousa, para que no perjudiquen al expresidente Mauricio Macri.

Con el fallo de este martes, los jueces de la Cámara Federal rechazaron los recursos de apelación presentados por el Ministerio Público Fiscal y por los querellantes, que sostienen que Rodríguez Simón amenazó a los empresarios del Grupo Indalo a través de un amigo de ambos, Ricardo Benedicto, para que no insistieran con la causa que De Sousa inició contra el expresidente Mauricio Macri por una supuesta “persecución política, judicial y mediática”.

El hecho que se investiga es una reunión en la que Rodríguez Simón le habría dicho a Benedicto que los empresarios “no estaban midiendo las consecuencias” al denunciar al expresidente ya que esa acción judicial les podría traer aparejadas "consecuencias negativas a los negocios que, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tenían quienes fueron socios de Cristóbal López en las empresas que explotaban el juego de azar", señaló la parte acusadora.

En ese encuentro con Benedicto, que habría ocurrido entre julio y agosto de 2019, Rodríguez Simón también le habría dicho que hablaba en nombre de Macri, Mario Quintana, Nicolás Caputo y José Torello.

Según consideró la Cámara Federal este martes al confirmar el sobreseimiento, "las manifestaciones efectuadas por Rodríguez Simón en la reunión mantenida con Ricardo Benedicto, no revisten entidad suficiente como para ser encuadradas en un ilícito penal". Y explicó: "Para que se configure la acción típica prevista en el art. 149 bis del CP, se exige que la amenaza cumpla con determinados requisitos, los cuales no se hallan presentes en este caso".

En este sentido, sigue el fallo, "corresponde destacar que, al momento de los hechos, Rodríguez Simón no detentaba injerencia alguna en la adopción de medidas regulatorias respecto de las empresas dedicadas a la actividad de juegos de azar, toda vez que se desempeñaba como director de la firma YPF. (...) En consecuencia, sus manifestaciones no pudieron razonablemente generar en ellos temor alguno, al carecer de toda posibilidad de concreción".

"Tampoco es posible concluir que Rodríguez Simón hubiera proferido una amenaza con la aptitud de poder alterar la tranquilidad de los destinatarios e inducirlos y obligarlos a conducirse en contra de su real voluntad si se repara en que el propio Ricardo Benedicto -de directa vinculación con el rubro empresarial en cuestión- refirió expresamente no haberse sentido amenazado al escuchar de primera mano los dichos del imputado, a lo que cabe agregar el posterior comportamiento procesal que el nombrado, López y De Souza exhibieron en el marco de las causas en trámite ante este fuero penal y ante la justicia de faltas, lo cual da cuenta también de la ausencia de amedrentamiento alguno", concluye el fallo.

Con información de Página 12

Pepín Rodríguez Simón Grupo Indalo

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