El gobierno nacional, encabezado por Javier Milei, tomó la decisión de suspender los recursos del fideicomiso de Bosques y lo que perjudica a 29 trabajadores santiagueños que fueron contratados en el marco de dicho programa.
Desde el momento de la implementación de la Ley, el año 2008, y hasta la fecha se contrató servicios de profesionales y no profesionales que fortalecen las capacidades de la dirección, cuya prestación es abonada con el 30% previsto en la Ley. Esto significa que desde hace más de una década, diferentes agentes colaboraban con la labor de la Dirección de Bosques, contratados con Fondos Nacionales.
Actualmente, como consecuencia de la disolución del Fideicomiso (que era la herramienta que giraba los fondos a las provincias), la totalidad de las jurisdicciones se vieron afectadas por la retención de esos fondos, que hoy se encuentran depositados en una cuenta “a la vista” según Nación, pero sin que sean transferidos.
Fondos adeudados
A la fecha, a la provincia de Santiago del Estero, la Nación le tiene retenida la suma $2.814.023.148,00, correspondiente a la totalidad de fondos adeudados, sin contar la convocatoria 2023 y 2024.
Esto, causa un daño irreparable a la provincia por la falta de recepción de fondos, dejando en este caso 29 personas sin trabajo, entre ellas, gente con capacitación en diferentes áreas como ser técnica, viveros, áreas protegidas y fuego, con lo que esto significa.
Detalles del Fondo Ley de Bosques
La Ley 26.331, promulgada en diciembre del 2007, establece en su artículo 31 la conformación del Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de Bosques Nativos (“Fondo Ley de Bosques”). Este fondo está compuesto por:
a)Las partidas presupuestarias que le sean anualmente asignadas a fin de dar cumplimiento a la presente ley, las que no podrán ser inferiores al 0,3% del presupuesto nacional;
b)El dos por ciento (2%) del total de las retenciones a las exportaciones de productos primarios y secundarios provenientes de la agricultura, ganadería y sector forestal, correspondientes al año anterior del ejercicio en consideración;
c)Los préstamos y/o subsidios que específicamente sean otorgados por Organismos Nacionales e Internacionales;
d)Donaciones y legados;
e)Todo otro aporte destinado al cumplimiento de programas a cargo del Fondo;
f)El producido de la venta de publicaciones o de otro tipo de servicios relacionados con el sector forestal;
g)Los recursos no utilizados provenientes de ejercicios anteriores.
Dicho fondo es distribuido entre las jurisdicciones, conforme lo estipulado por el Artículo 32 de la ley, siendo los porcentajes establecidos en el seno del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA).
Asimismo, según el Artículo 35 de la Ley Nacional, las jurisdicciones aplicarán los recursos del Fondo en un 70% para compensar a titulares de tierras y un 30% para desarrollar y mantener una red de monitoreo y sistemas de información de bosques nativos y la implementación de programas de asistencia técnica y financiera (fortalecimiento institucional).