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Procesaron a Claudio “Chiqui” Tapia y a otros dirigentes de la AFA por presunta evasión impositiva

La Justicia dispuso millonarios embargos, restricciones de salida del país y los acusó de retener impuestos que no habrían sido depositados al fisco.

El juez en lo Penal Económico, Diego Amarante, resolvió procesar a la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) como persona jurídica y a varios de sus directivos, entre ellos su presidente, Claudio “Chiqui” Tapia, en el marco de una causa por presunta apropiación indebida de tributos y recursos de la seguridad social.

La medida también alcanza a otros dirigentes de la entidad, además de funcionarios vinculados a la conducción administrativa. Si bien el procesamiento fue dictado sin prisión preventiva —por lo que los imputados continúan en libertad—, el magistrado estableció una serie de restricciones, como la obligación de no ausentarse de sus domicilios por más de 72 horas sin autorización judicial y la prohibición de salir del país en algunos casos.

Asimismo, se ordenaron embargos millonarios sobre los bienes de la AFA y de varios de los implicados. En el caso de Tapia y otros directivos, las sumas ascienden a 350 millones de pesos, mientras que para otros involucrados los montos fijados son menores.

Según la investigación, la entidad habría retenido impuestos correspondientes a empleados y proveedores —como IVA, Ganancias y aportes previsionales— sin efectuar su depósito en los plazos establecidos por la ley. El período bajo análisis abarca desde marzo de 2024 hasta septiembre de 2025, con al menos 51 hechos detectados y montos que, en algunos casos, superan ampliamente los límites establecidos para la tipificación penal.

Durante su declaración, Tapia sostuvo que no intervenía en la operatoria tributaria diaria. Sin embargo, el juez consideró que existen elementos que lo vinculan directamente con la gestión, como registros bancarios y autorizaciones en balances.

Por su parte, las defensas argumentaron que la situación se dio en un contexto de interpretaciones normativas y resoluciones administrativas que habrían generado dudas sobre la exigibilidad de las obligaciones. No obstante, el magistrado entendió que esas circunstancias no eliminan la responsabilidad penal en relación con fondos ya retenidos.

En paralelo, el juez descartó algunos montos de la imputación por cuestiones técnicas vinculadas a la normativa vigente, aunque el núcleo de la acusación se mantiene firme.

Ahora, los abogados defensores cuentan con un plazo de diez días para apelar la resolución ante la Cámara correspondiente, mientras continúan abiertos otros planteos judiciales vinculados al caso.

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