El Gobierno nacional reglamentó la Ley de Paridad de Género en ámbitos de representación política, que fue sancionada por el Congreso en noviembre de 2017.
La norma establece el 50% de cupo femenino en las listas de candidatos a diputados y senadores nacionales y parlamentarios del Mercosur. En este año electoral todos los partidos políticos están obligados a que en sus nóminas figuren de manera intercalada un candidato de cada sexo.
Asimismo, la ley habilita la posibilidad de impugnar listas que no cumplan con la normativa. También se incorpora la igualdad de género a nivel partidario, aunque en este caso no será obligatorio intercalar postulantes, pero sí las listas deberán completarse con un 50% de representantes de cada sexo.
Además, el incumplimiento de esta ley pasa a ser una de las causas de caducidad de la personalidad política de los partidos.