El Gobierno Nacional derogó finalmente la resolución que disponía un menor pago de aportes personales y contribuciones patronales por los salarios a cargo de empresas que no tienen posibilidades de hacer teletrabajo y que, por lo tanto, están sin actividad durante la cuarentena por la epidemia de coronavirus. La firma de la resolución 279 por parte del ministro de Trabajo Carlos Moroni, fue informada hoy en el Boletín Oficial.
La normativa que ahora quedó modificada es del Ministerio de Trabajo, y está referida al desarrollo de tareas laborales durante la vigencia del aislamiento obligatorio. La diferencia de la nueva resolución con la 219, también de la cartera laboral y del 20 de marzo, es que en esta última se había diferenciado la situación de las empresas que podían recurrir al teletrabajo del caso de las firmas para las cuales esa no es una opción válida.
Concretamente, antes se había establecido que en los casos en los que haya trabajo a distancia la remuneración sea la habitual. Y que en las empresas donde eso no fuera posible, las sumas percibidas por el trabajador tuvieran "carácter no remunerativo, excepto respecto de los aportes y contribuciones al sistema nacional del seguro de salud y al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados".
Es decir, según ese texto citado en el párrafo anterior (que no está en la nueva resolución, que deroga en uno de sus artículos la 219), se preveía que en esos casos no se pagaran ni los aportes ni las contribuciones al sistema jubilatorio, aunque la medida había provocado diferentes interpretaciones entre quienes debieron liquidar los sueldos de marzo observando las pautas fijadas para los días del viernes 20 en adelante, indica La Nación.
Además, se disponía que, si durante este período se contrataban trabajadores o se disponían horas laborales suplementarias, se aplicaría una reducción de las cargas sociales por el pago correspondientes a esos empleados o conceptos. Esto también quedó ahora sin efecto.