El jueves 30 de este mes será el último día en el que los asalariados y los jubilados alcanzados por el Impuesto a las Ganancias podrán declarar deducciones para aliviar la carga fiscal correspondiente al año 2019. Originalmente, la fecha tope era el 31 de marzo, pero la AFIP dispuso una prórroga luego de que el Poder Ejecutivo decretara el aislamiento social, preventivo y obligatorio por la pandemia por el coronavirus.
Una vez vencido este plazo, los empleadores y los organismos previsionales harán la liquidación anual del tributo y, en caso de que se hayan declarado nuevos conceptos deducibles, se hará la compensación en función de lo que ya fue retenido de los salarios y haberes jubilatorios, por lo percibido durante el año pasado. En estos días, muchas compañías les avisan a sus empleados la conveniencia de que completen el formulario antes de la fecha en que se liquidan los salarios (alrededor del día 20, es decir, del lunes próximo).