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El País #Importante

Los bancos virtuales como medio de pago del IFE no descontarán impuestos, ni deudas con las entidades

Así lo informó en Banco Central de la República Argentina.

El Banco Nación de la República Argentina emitió una importante aclaración sobre los medios de pago de la IFE, con respeto a las entidades como "bancos y billeteras vituales". En el mismo indica que estas entidades, no podrán realizar descuento alguno de ningún tipo sobre el importe acreditado.

 

“Nos dirigimos a Uds. con relación al Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) instituido mediante el Decreto 310/20 del Poder Ejecutivo Nacional, a los efectos de señalarles que -dado su carácter netamente alimentario- no corresponde deducir de ese beneficio ningún tipo de concepto, sea por operaciones concertadas con la propia entidad financiera pagadora o con terceros, tales como cuotas de préstamos otorgados con o sin código de descuento, comisiones o cargos por servicios adicionales a la cuenta contratados por el beneficiario, débitos automáticos para el pago de impuestos, servicios y otros conceptos, etc.

 

En orden a lo indicado, las entidades financieras deberán arbitrar los medios para que no se efectúe ningún tipo de descuento sobre los importes acreditados en concepto de IFE, y eventualmente para el reintegro inmediato de la totalidad de los importes descontados en contravención a lo indicado en el párrafo precedente.”

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