La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) formalizó hoy la decisión de analizar el cumplimiento de las empresas que recibieron aportes públicos en el marco del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP), en relación a los requisitos y condiciones establecidas para acceder a los beneficios.
La disposición 48 de la AFIP establece que la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social deberá analizar los incumplimientos e inconsistencias detectados por el Banco Central, la Comisión Nacional de Valores, la DGI, la Subdirección General de Fiscalización de la AFIP y otras áreas del sector público.
El foco estará puesto en operaciones en el mercado de cambios y la compraventa de títulos valores en pesos para ser liquidados en divisas en el exterior. La iniciativa está contenida en un informe sobre Incumplimientos Condicionalidades del Programa ATP de AFIP
Una vez detectados los incumplimientos, la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social formulará el cargo contra el empleador beneficiario del Programa, a quien notificará en el Domicilio Fiscal Electrónico, a fin de que pueda presentar su descargo y ofrecer las pruebas de que intente valerse.
La dependencia de AFIP analizará las presentaciones y previo dictamen jurídico correspondiente, dictará la resolución que, según corresponda, determine la caducidad del beneficio con la consecuente intimación de pago, o bien, el archivo de las actuaciones. La AFIP pondrá a disposición de los beneficiarios un mecanismo voluntario para la devolución de los fondos con los intereses correspondientes y, en caso que no se acceda al mismo, se iniciarán las acciones legales correspondientes para el recupero judicial de dichos importes, señaló TN.