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El País

Condenaron a 14 años a Germán Kiczka y a 12 años a su hermano

Fueron condenados por tenencia y distribución de videos de abuso sexual infantil.

El exdiputado provincial Germán Kiczka fue condenado a 14 años de prisión por tenencia y facilitación de material de abuso sexual infantil. Su hermano, Sebastián, recibió una pena de 12 años. Así lo resolvió este miércoles el Tribunal Penal N.º 1 de Posadas, Misiones.

La acusación en el juicio estuvo a cargo de los fiscales Martín Alejandro Rau y Antonio Glinka, quienes habían solicitado 15 años de prisión para el exlegislador y 12 para su cómplice.

El abogado Gonzalo de Paula estuvo a cargo de la defensa del exdiputado, mientras que Eduardo Paredes y María Laura Alvarenga patrocinaron a Sebastián Kiczka. Los jueces Gustavo Bernie, Viviana Cukla y César Antonio Yaya (subrogante) conformaban el Tribunal Penal responsable de impartir justicia.

El defensor de Germán Kiczka había solicitado que su cliente reciba la absolución, al tiempo que los abogados de Sebastián pidieron que el mayor de los hermanos sea declarado insano para que luego ser trasladado a un centro neuropsiquiátrico por sus adicciones.

En primer término, Gonzalo De Paula peticionó que a los jueces que determinen la inocencia de culpa y cargo el ex diputado del partido Activar: "Reclamo que se desestimen todas las imputaciones".

El letrado basó su presentación en que Sebastián Kiczka confesó que él utilizaba la computadora Acer para descargar videos sobre "trabajos artísticos de estilo futurista".

“Sebastián amplió su declaración en cinco ocasiones y en una de ellas ratificó que utilizaba la Acer y la Lenovo, notebook que pertenecía a Germán”, añadió.

Por su parte, Eduardo Paredes y María Laura Alvarenga argumentaron que Sebastián debería recibir un tratamiento profesional a raíz de su adicción al alcohol, las drogas y la pornografía.

Ambos fundamentaron que el hombre de 47 años tendría que estar internado en un centro neuropsiquiátrico por sus problemas de salud, una estrategia que serviría para evitar una posible condena.

En este contexto, los asesores fundamentaron que "no está probado el abuso sexual simple a una adolescente de 15 años".

Alvarenga sostuvo que no hubo un vínculo personal, sino que fue "una relación de amigos con derechos".

"No está certificado el abuso sexual sin acceso carnal en perjuicio de la menor", agregó.

NA

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