El Gobierno nacional dispuso la eliminación del mecanismo de subsidios que compensaba a las empresas de transporte de larga distancia por los pasajes gratuitos otorgados a personas con discapacidad y otros beneficiarios contemplados por la normativa vigente.
La decisión quedó formalizada a través de la Resolución 28/2026 de la Secretaría de Transporte, publicada este martes en el Boletín Oficial.
A partir de ahora, las compañías del sector deberán continuar otorgando pasajes sin costo a las personas alcanzadas por la ley, pero dejarán de recibir reintegros económicos por parte del Estado por ese servicio.
El beneficio alcanza a personas con discapacidad, pacientes trasplantados o en lista de espera para trasplantes, y niños y adolescentes con diagnóstico oncológico, entre otros grupos protegidos.
Desde el Ejecutivo aclararon que la medida no modifica el derecho a la gratuidad del transporte, el cual continúa vigente y de cumplimiento obligatorio para las empresas.
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En los fundamentos de la resolución, el Gobierno sostuvo que el esquema de compensaciones había sido implementado en un contexto de fuerte regulación del transporte, cuando el Estado intervenía en tarifas y condiciones del servicio.
Sin embargo, señalaron que ese escenario cambió tras la entrada en vigencia del Decreto 883/2024, que otorgó mayor libertad a las empresas para definir precios, recorridos y modalidades de operación.
En ese marco, el Ejecutivo consideró que el régimen de subsidios había perdido su razón de ser, al haber desaparecido las condiciones que lo justificaban originalmente.
Por último, la normativa encomienda a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) la tarea de fiscalizar el cumplimiento de la obligación de otorgar los pasajes gratuitos a los beneficiarios alcanzados por la ley.
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