La Municipalidad de Pinamar presentó un recurso de apelación para revertir la medida cautelar que prohíbe el uso de vehículos en la zona conocida como La Frontera, también denominada “La olla”, donde quedaron suspendidas pruebas de destreza, competencias informales y picadas.
En su presentación judicial, el gobierno local consideró que la resolución es “errada e irrazonable” y cuestionó el modo en que fue dictada. Según argumentó, la cautelar se adoptó sin respetar el debido proceso y sin otorgar un plazo razonable para que el Municipio pudiera ejercer su defensa, aportar pruebas y detallar las acciones que viene desarrollando junto a organismos provinciales y nacionales.
Desde la comuna señalaron que la decisión se apoyó en una presunción de inacción estatal que, aseguran, nunca fue comprobada ni contrastada. En ese sentido, calificaron la medida como prematura y carente de sustento suficiente.
Otro de los ejes centrales del recurso apunta a la legitimación del demandante. El Municipio sostuvo que el fallo dio por válida una supuesta representación colectiva sin realizar un análisis concreto y fundado. En la apelación se remarcó que la legitimación no puede presumirse y debe ser evaluada de manera expresa por la Justicia, ya que —según se planteó— no se acreditó un interés directo, diferenciado y actual que habilite la acción.
La presentación también cuestiona que se haya responsabilizado al Municipio como principal garante de impedir las actividades denunciadas, cuando estas se desarrollan en un predio privado. Al respecto, se recordó que el gobierno local adoptó medidas dentro de su competencia, como denuncias penales y pedidos de inhabilitación, y que la facultad de controlar el ingreso o excluir personas corresponde al propietario del terreno.
Asimismo, se sostuvo que, ante la posible comisión de delitos, la intervención central recae en el Estado provincial a través de las fuerzas de seguridad y el Ministerio Público Fiscal.
Por último, la Municipalidad advirtió que la cautelar resulta redundante, ya que las conductas prohibidas se encuentran expresamente sancionadas por normas penales, contravencionales y ordenanzas municipales vigentes.