
El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba estableció mediante una resolución una serie de requisitos que permitirían a la aplicación de viajes Uber que funcione sin restricciones en la ciudad de Córdoba.
La medida del TSJ surge en la disputa legal entre la Municipalidad de Córdoba y la plataforma de viajes.
La Municipalidad ya había apelado una decisión previa que le ordenaba regular la actividad de Uber en la ciudad, argumentando que esta constituye un servicio público no autorizado. Uber y un tercero interesado también apelaron, defendiendo el derecho a operar libremente.
El Tribunal Superior rechazó ambas apelaciones y, ante la inacción municipal, estableció de manera provisoria una serie de requisitos que Uber debe cumplir para operar legalmente en la ciudad.
Esta medida busca un punto intermedio hasta que se dicte una normativa definitiva o una resolución judicial sobre el fondo del asunto. La resolución subraya la necesidad de regular la actividad de Uber debido al interés público involucrado y la disrupción tecnológica que representa.
Los requisitos para operar que estableció el TSJ
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) resolvió que Uber deberá cumplir una serie de requisitos excepcionales, subsidiarios y provisorios para poder operar en la ciudad de Córdoba.
La medida judicial autoriza a la plataforma a iniciar trámites de habilitación municipal, en tanto se cumplan los requisitos impuestos.
Entre ellos figuran la inscripción vigente en la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca), en la Dirección General de Rentas (DGR) de la Provincia de Córdoba y en el registro de Comercio e Industria de la Municipalidad. También se exige la constitución de domicilio legal en la ciudad, la presentación del contrato social y del acta de designación de autoridades, el certificado de habilitación comercial, la póliza de seguro de responsabilidad civil y un medio electrónico de pago.
El fallo establece, además, la creación de un registro municipal específico para este tipo de aplicaciones. En ese marco, se fijan requisitos adicionales para los propietarios de vehículos vinculados a la plataforma, los choferes y los vehículos.
Los titulares de los automóviles deberán acreditar su inscripción ante Arca, y presentar certificados de antecedentes penales y del registro de personas condenadas por delitos contra la integridad sexual. También deberán contar con el título del automotor empadronado en la ciudad, con una antigüedad no mayor a 10 años, y un seguro que cubra al vehículo, los pasajeros y el equipaje.
Los vehículos deberán cumplir con requisitos técnicos específicos. Entre ellos: tener inspección técnica vehicular (ITV) aprobada cada cuatro meses, una capacidad máxima de hasta siete pasajeros y una capacidad mínima de baúl para dos valijas medianas. Además, deberán contar con aire acondicionado frío/calor y estar ploteados con el nombre del servicio y el logo de la aplicación.
En cuanto a los choferes, deberán presentar DNI, licencia de conducir habilitante conforme a la ordenanza 12.859, alta temprana ante Arca, certificado de cobertura de una aseguradora de riesgos del trabajo (ART), y certificados de antecedentes penales y de registros oficiales como el de deudores alimentarios y el de delitos sexuales.
El fallo del TSJ indica que, de forma supletoria, se aplicarán los artículos de la ordenanza 12.859 para la regulación, validación y exigencias municipales sobre estas prestaciones. También habilita a la Dirección de Transporte y Servicios Públicos a establecer condiciones adicionales para el funcionamiento de estas aplicaciones en la ciudad.
La voz del Interior