Una severa condena requirió ayer la Dra. Analía Nóblega Rayó —representante del Ministerio Público Fiscal— que se aplique a Juan José Domínguez, para quien solicitó una pena de 19 años de prisión, por considerarlo responsable de haber agredido, lesionado, y violado a su expareja, a la que además obligó a realizarse un aborto.
Tal requerimiento se produjo ayer en la mañana, en el marco de los alegatos de clausura del juicio sustanciado en contra del sujeto, que es oriundo de Las Termas de Río Hondo, y también de Rosa del Valle Chávez (a) “Negra Mota”, para quien la representante del Ministerio Público Fiscal solicitó una condena de 5 años de prisión, como autora de aborto ilegal.
Lo ocurrido ayer
Luego que ayer el tribunal integrado por los Dres. Daniela Campos Nittinger, Fernando Viaña y Luis Eduardo Achával diera por concluida la etapa de recepción de testimonios, se produjo la incorporación de las pruebas documentales, y seguidamente se concretaron los alegatos de clausura, por parte de la fiscalía y las defensas.
La Dra. Nóblega Rayó consideró que si bien la víctima procuró minimizar las brutales agresiones físicas que sufrió de parte de Domínguez, contaba con evidencias que acreditaban tales hechos, como también del abuso sexual con acceso carnal y del aborto, por lo que terminó requiriendo condenar al individuo.
Asimismo, respecto de “Negra Mota” sostuvo que estaba probado que se dedicaba a realizar prácticas abortivas ilegales, ya que al allanar su vivienda la Policía secuestró un maletín con numerosos elementos quirúrgicos, y con pastillas que serían para abortar, además de recordar que en excavaciones que se hicieron en el fondo del inmueble se encontraron restos óseos.
Entendió que era responsable del aborto realizado a la víctima y por ello solicitó condenarla.
Pedidos de las defensas
El Dr. Ángel Nassif, defensor de Domínguez, solicitó la absolución lisa y llana de este por considerarlo inocente de los delitos que le endilgan.
Por su parte, el Dr. José Alberto López, defensor de Rosa Chávez, también solicitó la absolución lisa y llana de esta, además de sostener que las evidencias colectadas no eran suficientes para acreditar el delito que le imputan, además de advertir que el delito está prescripto.
El tribunal difirió el dictado del veredicto.