En lo que constituye un precedente nacional, en Santiago del Estero, la Justicia no admitirá el argumento de la pandemia del coronavirus para resolver los pedidos de prisiones domiciliarias, y así quedó demostrado ayer en la causa que tiene como detenido a Germán Nicolás Ocaranza, oriundo de Las Termas de Río Hondo, quien se encuentra cumpliendo prisión preventiva por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.
Primera decisión del juez
En principio, y bajo el argumento de la pandemia de coronavirus esgrimido por la defensa técnica del imputado, la cual aducía que en su lugar de detención Ocaranza estaba expuesto a contraer el Covid-19, el Dr. Silvio Sálice, juez de Control y Garantías para la Circunscripción Río Hondo y Jiménez, merituó hacer lugar a la petición de la defensa, situación procesal que motivó la inmediata apelación del representante del Ministerio Público Fiscal, Dr. Marcelo Sgoifo.
El planteo fiscal
Tal planteo fiscal impidió que el acusado pueda gozar del beneficio que le había sido otorgado, hasta tanto se resuelva el recurso impulsado por el Dr. Sgoifo, quien sostenía que la calificativa legal impuesta a Ocaranza no posibilitaba la excarcelación de este, y respecto de la prisión domiciliaria que había sido requerida por el defensor, pidió al magistrado que le sea rechazada, por cuanto estaban vigentes los peligros procesales, especialmente el de fuga.
Ante tal circunstancia, el mismo juez que había resuelto conceder la prisión domiciliaria solicitada a favor de Ocaranza, según transcendió de fuentes tribunalicias calificadas, resolvió que este continúe tras las rejas en la Alcaidía de la Comisaría Comunitaria Nº 40, con lo que se sienta una importante jurisprudencia a nivel nacional.