La Sala de Superintendencia del Superior Tribunal de Justicia dispuso el restablecimiento progresivo de las actividades desplegadas tanto por organismos públicos como por instituciones privadas y ciudadanos en general, autorizadas por el Poder Ejecutivo provincial en consonancia con las disposiciones del Poder Ejecutivo nacional.
Considerando que, en el contexto indicado y habiendo adoptado el alto cuerpo acciones tendientes a combatir la pandemia del Covid-19, instrumentando una serie de medidas que conjugaron la prestación del servicio de justicia con la protección de la salud de los empleados, funcionarios y magistrados, como así también del público que concurre a los tribunales, corresponde dar un paso más hacia el restablecimiento progresivo de las actividades en tanto y en cuanto se cumpla de manera rigurosa con los protocolos sanitarios y en la medida del sostenimiento de las condiciones epidemiológicas actuales en la provincia; tomando como regla el trabajo remoto y como excepción el presencial.
Por acordada, se prorrogó la feria extraordinaria por razones de salud pública oportunamente dispuesta hasta el 31 de mayo de 2020, manteniendo la suspensión de los términos y plazos procesales; pudiendo los magistrados de cualquier fuero o instancia disponer de oficio o con la sola petición de alguna de las partes la continuidad del proceso; debiendo en ambos supuestos notificar dicho decisorio a todas las partes.
Se dispuso el cese de la feria extraordinaria vigente a partir del 1 de junio de 2020 con reanudación de los términos y plazos procesales que fueran suspendidos desde el 17 de marzo de 2020, conforme al Acuerdo del 16 de marzo del corriente año.
Cumplir con protocolo
Se establece además que la actividad de los abogados deberá desarrollarse con estricto cumplimiento del protocolo de prevención vigente en el marco sanitario del Covid-19 y la consecuente autorregulación personal de los operadores judiciales.
Previo tramitar turnos
Los letrados podrán concurrir a los edificios de los tribunales previo otorgamiento de turnos, y se estableció que cada organismo jurisdiccional o administrativo cuente con todo el personal en funciones para garantizar el servicio de justicia, siendo el trabajo remoto la regla y el presencial la excepción.
La Mesa Virtual tendrá continuidad para las presentaciones dirigidas a organismos jurisdiccionales y no jurisdiccionales.