Un sujeto de 30 años y domiciliado en el capitalino barrio Huaico Hondo, que está acusado de haber violado a un joven discapacitado mental, deberá permanecer tras las rejas ya que el juez Fernando Paradelo le dictó la prisión preventiva por el término legal de seis meses.
El magistrado hizo lugar al pedido de la fiscalía, que imputó al individuo el delito de abuso sexual con acceso carnal. En base a las evidencias colectadas, la parte acusadora requirió la prisión preventiva por considerar que estaban dados los requisitos que exige la ley para ello, es decir que consideró probado el hecho denunciado y la autoría material en cabeza del inculpado.
El sujeto fue denunciado por familiares de la víctima el 12 de enero del corriente año, luego de tomar conocimiento de que el inculpado había llevado al joven —que padece retraso madurativo— hacia un baldío y que allí lo había violado. El muchacho había llegado a la casa triste y con la ropa sucia con tierra. Al consultarle qué le había pasado, el muchacho respondió que el acusado lo había molestado en la plaza, “me ha pegado y me ha uñado en el cuello”, dijo. De la gravedad del hecho tomaron conciencia cuando, en momentos que el damnificado iba a bañarse, se detectó en su boxer una mancha de sangre y al revisarle el ano observaron que tenía una lesión, por lo que de inmediato dedujeron que había sido violado.
Radicaron la denuncia pertinente, que motivó a la fiscalía a disponer que la víctima exponga en una Cámara Gesell, en la cual identificó claramente al imputado como el autor de la violación que había sufrido, ratificando que el sujeto había sido autor del hecho.
La fiscalía aludió los peligros procesales existentes, tanto de entorpecimiento al accionar de la Justicia, como también el de fuga, sobre todo si se tiene en cuenta que por la grave calificativa impuesta al sujeto, la pena en expectativa que se le aplicaría —de ser hallado culpable en juicio— sería de cumplimiento efectivo, por lo que pidió la prisión. La defensa se opuso al pedido de fiscalía, manifestando que la víctima solo indica que el acusado lo pellizcó en el cuello, pero nunca manifiesta que lo penetró, por lo que pidió cambio de calificativa y excarcelación.