La pandemia provocada por el Covid-19 llevó a la implementación del aislamiento social, preventivo y obligatorio en Argentina, medida sanitaria impuesta para evitar la propagación masiva del virus y poder salvaguardar la salud y la vida de los ciudadanos.
Violación de cuarentena
Cabe señalar que la violación de la cuarentena impuesta trae aparejadas consecuencias penales para quienes incurren en tal infracción y, en ese sentido, el artículo 205 del Código Penal reprime con pena de prisión de seis meses a dos años la conducta de quien no cumpla las disposiciones establecidas por la autoridad competente para evitar la introducción y propagación de una epidemia que ponga en peligro a la población.
Bien jurídico protegido
De tal manera, el bien jurídico protegido es la salud pública, es decir, el estado de completo bienestar físico, mental y social del que goza la población en general y que en el actual contexto es amenazado por la pandemia que ha causado numerosas muertes.
Las autoridades judiciales indicaron que “se trata de una conducta dolosa, que exige el conocimiento, por parte del autor, de la norma que prohíbe tales acciones y que, aún conociendo ese deber, incumple con el mandato impuesto”.