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Policiales #Aberrante

Dictan prisión para degenerado que emborrachaba y violaba a su hija

El incalificable le mezclaba té y jugo con alcohol etílico para que su hija entre en estado de somnolencia, el cual aprovechaba para ultrajarla sexualmente.

En la mañana de hoy, 5 de agosto de 2022, el Tribunal en lo Criminal Nº 3 condenó a 9 años de prisión efectiva a un hombre, H.A.M., por ser autor material y responsable del delito de “Abuso sexual con acceso carnal (varios hechos)”, ocurrido en la ciudad de Palpalá.

 

Así también, ordenó la obtención del perfil genético del condenado a los fines de incorporarlo al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, una vez firme y consentida la sentencia.

 

El Tribunal estuvo integrado por las juezas María Margarita Nallar – presidente de trámite- y Ana Carolina Pérez Rojas y el juez Mario Ramón Puig; secretaría a cargo de la Dra. Silvana Anún.

 

La acusaciónDe acuerdo con la requisitoria de la Fiscalía, en el periodo de tiempo comprendido del 14 al 20 de agosto de 2020, en una vivienda de Palpalá, el acusado convivía junto a su hija.

 

El imputado, aprovechando la ausencia de su pareja la cual se encontraba internada en el hospital Gallardo debido a que había contraído el virus Covid 19, obligó a su hija en reiteradas ocasiones a tomar té y jugo con alcohol etílico.

 

Esto provocó que la victima alcance un estado somnoliento y que no tenga capacidad para defenderse, siendo así accedida carnalmente por el depravado.

 

Como representante del Ministerio Público de la Acusación se desempeñó el Dr. Darío Osinaga Gallacher, quién solicitó para el imputado la pena de 11 años de prisión; mientras que los querellantes Dra. María Virginia Eliazarian y Dr. Joaquín Campos, del Centro de Asistencia a la Victima, requirieron la pena de 14 años de prisión para el enjuiciado.

 

La defensa técnica del condenado fue ejercida por los doctores Luis Fernando Bóveda y Franco Santiago Vera, quienes pidieron para su defendido la absolución lisa y llana por el beneficio de la duda.

 

Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro del plazo legal establecido en el Código Procesal Penal de la Provincia, a partir de lo cual las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior al Tribunal de juicio.

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