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Policiales Resolución del Dr. Facundo Sayago, juez de Control y Garantías para la Circunscripción Copo

Dictan la preventiva para quien violó a una niña, y para la abuela acusada de entregarla

Se trata de un sujeto que es oriundo de Chaco apodado "El Perrito". A la inculpada endilgan entregar a la menor a cambio de medicamentos. La defensa de la inculpada apeló

El Dr. Facundo Sayago, juez de Control y Garantías para Copo, dictó la prisión preventiva para un chaqueño, quien está acusado de violar a una menor de 13 años y domiciliada en Monte Quemado. La misma medida dispuso para la abuela de la niña, a quien endilga participación necesaria en dicho delito por haber entregado a su nieta a cambio que el sujeto le adquiera medicamentos.

La medida fue apelada por el Dr. Leandro Jiménez, abogado defensor de la inculpada.

Denuncia de una tía

La causa se inició en base a la denuncia que el 5 de junio de este año realizó una hija de la acusada, tía de la víctima, quien indicó que la niña es huérfana de madre, la cual falleció víctima de un femicidio, y que por ello la Justicia chaqueña entregó la tutela de la menor -y de sus hermanas- a la abuela, quien percibe el subsidio de la Ley Brisa para mantener a las niñas, a las que -sin embargo- las haría víctima de malos tratos.

Si bien no hay una fecha cierta de cuándo habría ocurrido el acceso carnal, al exponer en Cámara Gesell la menor señala al sujeto -apodado "El Perrito"- como quien la llevó en moto a Chaco y la sometió sexualmente.

El fiscal Santiago Bridoux aportó las evidencias colectadas durante la investigación y pidió la prisión preventiva para ambos inculpados, a lo cual el juez hizo lugar, además de rechazar la solicitud de detención domiciliaria que planteó la defensa.

Para el Dr. Jiménez no se acreditó el nexo causal con la declaración de la menor, y asevera que fiscalía no cuenta con pruebas que indiquen que su asistida entregó a la nieta para que sea violada, e incluso cuando el sujeto se lleva a la menor no la retiró de la casa de la abuela, sino de la escuela. El letrado también descartó los peligros procesales, indicando que su clienta no tiene modo de entorpecer la investigación o fugarse, entre otros conceptos.

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