La Cámara de Apelaciones revocó la resolución que denegó la eximición de prisión para un sujeto que transportaba a una menor de 15 años a la escuela que asiste, en Vaca Huañuna (Figueroa), a la cual accedía carnalmente, y le concedió el beneficio con prohibición de acercamiento y todo tipo de contacto con la adolescente.
El caso salió a la luz cuando los docentes notaron que la menor llegaba tarde a clases, cuando los compañeros con los cuales viajaba llegaban a horario. Informaron de tal situación a los padres, quienes consultaron a la chica las razones y esta confesó que mantenía relaciones sexuales con el sujeto (de 27 años) que la llevaba al colegio, el cual fue denunciado.
En Cámara Gesell, la menor nunca refirió haber sido obligada por el acusado para tener sexo, sino que ella consentía las relaciones.
Los Dres. Franklin Moyano y Eliana Frías solicitaron la eximición de prisión, que el juez Héctor Salomón denegó y ordenó detener al acusado. Los defensores apelaron la resolución y ayer expresaron agravios pidiendo que se revoque la resolución y se conceda el beneficio a su asistido, al que se endilga abuso sexual simple —la vieja figura del estupro—, a lo que se hizo lugar.