Una integración de la Cámara de Apelaciones si bien consideró "extraña" y "rara" la resolución del Dr. Facundo Sayago, juez de Control y Garantías para la Circunscripción Copo, que dictó falta de mérito a un sujeto y concedió la excarcelación ordinaria a otro individuo, a quienes les secuestraron casi 2 kilos de marihuana, decidió ratificar la libertad de los inculpados por inexistencia de peligros procesales.
Durante la audiencia el fiscal Santiago Bridoux había solicitado la nulidad de la resolución dictada por Sayago en diciembre de 2024, mediante la cual rechazó el pedido de prisión preventiva y dictó falta de mérito para Iván Alexis Ferreyra, y concedió excarcelación ordinaria a Nahuel Maximiliano Ruiz, imputados por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.
El procedimiento
Tras una denuncia anónima, personal policial de Drogas Peligrosas de Monte Quemado interceptó -en noviembre de 2024- a dos sujetos en el barrio Municipal, y secuestró una mochila que contenía 1,900 kilos de marihuana, 125 mil pesos y otros elementos vinculados a la investigación. Durante las tareas posteriores surgieron antecedentes por delitos contra la propiedad, tenencia de armas y referencias vecinales que los mencionaban en actividades de narcomenudeo.
El 27 de diciembre del año pasado -el mismo día en que se dictó la resolución, el fiscal la apeló por considerarla arbitraria, contradictoria y carente de fundamentación, haciendo hincapié en que la cantidad de marihuana secuestrada -casi dos kilos- justificaba plenamente el pedido de prisión preventiva.
Agravio ante tribunal
Ante el tribunal Bridoux remarcó que la resolución que otorgó la libertad no se encontraba firme, motivo por el cual el Ministerio Fiscal no podía solicitar la revocación de la excarcelación, ya que de hacerlo hubiese implicado desistir del recurso mediante el cual se estaba precisamente impugnando esa decisión.
La Dra. Malena Bustos, defensora de Ferreyra, y el defensor oficial Marcelo Goitea -que asistió a Ruiz- coincidieron en argumentar la insuficiencia de evidencias para acreditar el grado de participación de los imputados, y pidieron que se confirme la resolución del juez, por no existir peligros procesales.
Los jueces calificaron la resolución de Sayago como "extraña", "contradictoria" y "mal fundamentada", entre otras observaciones críticas. No obstante, evitaron declararla nula al señalar que ello implicaría retrotraer el trámite 11 meses.