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Policiales El tribunal que lo enjuició oralizó la sentencia en una audiencia realizada ayer al mediodía

Un beltranense que violó y embarazó a su hijastra purgará 11 años de prisión

La fiscalía pidió condenarlo a 15 años, en tanto que la defensa solicitó pena mínima por estupro, al considerar que hubo consentimiento por parte de la adolescente. Logró desacreditar el agravante del grave daño a la salud de la víctima.

Un sujeto de 38 años y oriundo de Beltrán, que fue enjuiciado por estar acusado de violar y embarazar a una menor de 15 años —hija de su concubina, la cual también estaba embarazada—, fue condenado ayer a la pena de 11 años de prisión, tras ser encontrado culpable del delito endilgado.

Se trata de Hugo José Gerez, a quien hallaron autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por la convivencia preexistente, ya que los hechos se produjeron cuando la menor residía en la misma casa que el individuo.

Los abusos ocurrieron en Beltrán y también cuando vivían en Brea Pozo.

Constatan el embarazo

La menor fue examinada por médicos que constataron el embarazo que presentaba la adolescente, gestación que fue interrumpida con la autorización de la Justicia.

En el transcurso de los alegatos finales, la fiscal Vanina Aguilera requirió que se condene a Gerez a la pena de 15 años de prisión, al considerar que en base a las evidencias colectadas durante la investigación penal preparatoria, y a las pruebas producidas en el juicio, habían quedado acreditados los hechos y la autoría del sujeto como autor material de los mismos.

La fiscal acusó a Gerez por el delito de abuso sexual con acceso carnal, agravado por la convivencia preexistente y grave daño a la salud de la víctima.

Planteo de la defensa

Los Dres. Marcelo Castillo Gioya y Walter Santillán, abogados del inculpado, produjeron una solvente defensa y lograron desacreditar el agravante del grave daño a la salud. Consideraron que había orfandad de pruebas, al no existir un examen médico forense, lo que no permitió saber si la adolescente tenía lesiones por acción de defensa, al no haberse realizado una inspección ocular en los domicilios donde habrían ocurrido los hechos, lo que hubiera determinado si la menor pudo solicitar auxilio a la madre, hermanos u otras personas. Los letrados consideraron que hubo consentimiento de la joven para los actos sexuales, y por ello solicitaron una pena mínima por el delito de estupro.

El tribunal valoró el alto nivel de vulnerabilidad de la víctima, lo cual llegó incluso a cuestionarse que era culpable de lo que le había pasado. Los camaristas rechazaron la prisión domiciliaria que la defensa había solicitado, y ordenó que Geréz sea alojado en el Penal de Varones.

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