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Política Declaraciones

"Con la delegación, Milei puede modificar la Constitución y alterar la coparticipación"

Así lo aseguró este martes el reconocido constitucionalista pampeano Andrés Gil Domínguez.

En su exposición en el plenario de comisiones, el reconocido constitucionalista pampeano Andrés Gil Domínguez confirmó este martes que el presidente Javier Milei, si el Congreso de la Nación le autoriza la delegación de facultades legislativas, puede alterar los montos coparticipables y hasta modificar la Constitución nacional.

El letrado fue consultado por el senador Daniel Bensusán respecto a que con la declaración de emergencia pública, las delegaciones de facultades y las bases establecidas.

-¿El presidente de la Nación podría modificar leyes en materia tributaria, afectando directamente la recaudación, la coparticipación de las provincias? ¿Puede, en el caso de que esta Ley sea sancionada, afectar la discrecionalidad en el envío de aportes no automáticos, con afectación específica para las provincias, como las cajas previsionales, programas de salud, educación, seguridad, entre otras?- le consultó.

-Sí. El artículo 76 no establece límite de las materias que deben ser delegadas, especialmente cuando se vincula con la emergencia. Hay un margen, para que el Poder Ejecutivo Nacional co-legisle para disminuir o aumentar determinado impuesto. Desde ese punto de vista, sí se podría.

El constitucionalista se refirió expresamente a la delegación de poderes pretendida por el presidente Javier Milei, incluida dentro del proyecto de Ley de Bases.

ANDRÉS GIL DOMÍNGUEZ - PLENARIO 14-05-24
Consideró que, de la manera presentada, la iniciativa es inconstitucional. La conclusión a la que llegó fue luego de dar argumentos sobre las situaciones en que se pueden delegar poderes, ausentes en el proyecto.

Estimó que se trata de delegaciones legislativas encubiertas, sin ningún tipo de control. “Desde este punto de vista, la delegación legislativa que se propone implica una habilitación al Poder Ejecutivo para que pueda hacer una reforma constitucional encubierta”, dijo.

Finalmente, aconsejó a las y los senadores que consideran que tienen que darle herramientas al PEN para gobernar que se reformule la Ley 26.122 o un agregado especial, “mediante el cual se establezca que todos los decretos delegados deben ser aprobados en un plazo de 30 o 60 días por el Congreso. De no ser aprobados, se consideran que son rechazados”. Este punto para garantizar una salvaguarda de lo que dice la Constitución.

SDOR. DANIEL BENSUSÁN - PLENARIO 14-05-24

Andrés Gil Domínguez Constitución Nacional Delegación de facultades Javier Milei
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