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La Provincia #Capital

El Concejo Deliberante aprobó el Presupuesto y la Tarifaria 2023 de la Municipalidad

La sesión se desarrolló sin mayores inconvenientes entre fuerzas políticas y constó de un homenaje a Jorge Ricardo Tolosa, exempleado del organismo, que falleció.

En un clima de tranquilidad, sin un marcado desencuentro político a la hora del debate, se celebró la 41ª sesión ordinaria de prórroga del Concejo Deliberante, que sancionó las Ordenanzas de Presupuesto General de Gastos 2023 y la Tarifaria de la Municipalidad de la Capital, respectivamente, con el voto del oficialismo. Así cerró la última sesión del presente período deliberativo municipal, presidida por Humberto Santillán, y con la presencia de 9 ediles.  

 

En la apertura, se realizó una emotiva ceremonia de recordación y homenaje a la persona de Jorge Ricardo Toloza, ex empleado del deliberativo, fallecido.

 

Ordenananza Presupuesto Municipal 2023Acto seguido, se consideró la Orden del Día, sancionándose con el voto del Frente Cívico (6), la Ordenanza 6132/22 de Presupuesto 2023 de la Municipalidad de la Capital.

 

La misma establece en $24.387.769.297 el total de Erogaciones del Presupuesto General de Gastos de la Administración Central y Organismo Descentralizado (HCD), para el Ejercicio 2023, con destino a las finalidades que se indican.

 

 

 

FINALIDAD TOTAL EROGACIONES CORRIENTES EROGACIONES DE CAPITAL
Administración Gubernamental 4.690.566.069 3.439.522.254 1.251.043.815
Servicios Sociales 11.358.434.327 5.860.390.244 5.497.744.083
Servicios Económicos 8.338.768.901 2.177.999.739 6.160.769.162
Deuda Pública (Intereses y gastos) / / /
TOTAL $24.387.769.297 $11.478.212.237 $12.909.557.060
Se estima en la suma $24.387.769.297 el cálculo de recursos y financiamiento destinados a atender las Erogaciones fijadas en el artículo anterior.

 

En los considerandos se indica que con el proyecto de Presupuesto que se remite se da cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 65 inciso 5 de la Carta Orgánica Municipal.

 

En el mensaje de remisión, el DEM reseña sucintamente el contenido del Presupuesto, analizando tanto sus recursos como sus gastos desde el punto de vista de la composición económica y el destino por finalidad y función de las erogaciones.

 

Se indica que “el contenido del Presupuesto adjunto representa las proyecciones de recursos y volúmenes de gastos a ejecutarse en el próximo periodo fiscal, y traduce básicamente la función esencial del Municipio que es la de responder a las demandas de los vecinos en términos de servicios y de inversión”.

 

Subraya que “de esta manera, este presupuesto refleja la continuidad y profundización de las políticas vigentes orientando el gasto público a los Servicios Sociales destinados a las acciones inherentes a Higiene Urbana, Alumbrado Público, vivienda y urbanismo y otros servicios urbanos prestados por el municipio a la comunidad. Así también la prestación de servicios de salud, promoción y asistencia social, educación y cultura”.

 

Señala que “es importante destacar la continuidad de las inversiones para obra de infraestructura, ya que son de fundamental importancia para el mantenimiento y crecimiento de esta comuna las que serán ejecutadas con fondos de rentas generales".

 

Luego indica que “esto es posible en virtud de que se cumplió con el objetivo de administrar las cuentas públicas de manera equilibrada evitando el endeudamiento, lo que nos permite proyectar un nuevo presupuesto para el año entrante sin resentir la prestación de servicios esenciales que debe garantizar el municipio”.

 

La Ordenanza consta de 13 artículos y, entre ellos, establece “modifícase el inciso  a)  del  Artículo  2º  de  la  Ordenanza  Nº 2658/06 Programa de Asistencia Social (P.A.S.), fijándose la contribución solidaria mensual en Pesos Cuarenta y Dos ($ 42,00), a partir del 01 de Enero del 2.023”.

 

Ordenanza Tributaria MunicipalAsí también, con el voto de oficialismo (6), contra el voto de oposición de Cambiemos (3), se sancionó la Ordenanza 6133/22 Tributaria Municipal 2023, que contempla incrementos de un orden del 40% en todas las tasas municipales, domiciliarias, comerciales, industriales y de servicios.

 

Se indica que “la misma ha sido confeccionada siguiendo el ordenamiento de las contribuciones establecidas en el Código Tributario (Ordenanza 2.246/94) y actualizando valores de los diferentes conceptos tributarios”.

 

Agrega que “se han actualizado los valores, siguiendo como criterio general un promedio del cuarenta por ciento (40%) para todos los conceptos”.

 

Asimismo, se sancionó la Ordenanza por la que “se adhiere la Municipalidad de la ciudad de Santiago del Estero, a los términos de la acordada del Excmo. Superior Tribunal de Justicia de Santiago del Estero, dictada en fecha 21/11/2021, en beneficio del Cuerpo de Ujieres del Tribunal de Faltas Municipales de la ciudad de Santiago del Estero”.

 

En el Artículo 2, se indica que “el beneficio acordado en el artículo precedente entrará en vigencia a partir de la fecha de promulgación de la presente Ordenanza”.

 

En los fundamentos, se indica que “la última actualización data del año 2.012, realizada mediante la Ordenanza N° 4.744 de fecha 23/10/2012, la cual en ese entonces fue equiparada con los Ujieres del Poder Judicial de la provincia, la que actualmente fue actualizada por acordada dictada por el Superior Tribunal de Justicia”.

 

Agrega que “en función de ello, se considera oportuno realizar una readecuación de dicho adicional, debido al tiempo transcurrido y a los valores actuales del costo de la notificación, y teniendo en cuenta los gastos de transporte que demanda el cumplimiento del efectivo diligenciamiento de las cédulas”.

 

Por otra parte, se sancionó la Ordenanza por la que “se declara de Interés Municipal el 47° aniversario del barrio Borges, el cual se realizó los días 16 y 17 de diciembre del corriente año en el polideportivo del lugar, situado en calle 14 y 109”. Se hará entrega de copia fiel de la Ordenanza a las autoridades organizadoras del evento enunciado.

 

Por último, se sancionó la Resolución por la que “se solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que,  a través del área pertinente, proceda al estudio de factibilidad técnica y presupuestaria, para que arbitre los mecanismos necesarios a fin de intimar a los propietarios de terrenos baldíos ubicados en calle Gorriti, desde Avenida Rivadavia hacia Salta.  Asimismo, en calle Salta, desde Avenida Roca hasta Almafuerte de la ciudad Capital, conforme lo establecido en Ordenanza Nº 4.684/12, que procedan a realizar tareas de limpieza y mantenimiento en sus respectivas propiedades”.

HCD - Honorable Concejo Deliberante
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