La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Santa Rosa, en La Pampa, dictó un fallo que podría sentar un importante precedente en materia de uniones convivenciales al ordenar una compensación económica a favor de un hombre que realizó mejoras en la vivienda de su expareja durante más de una década de convivencia.
La resolución revocó parcialmente una sentencia de primera instancia y concluyó que existían pruebas suficientes para acreditar que el exconviviente aportó dinero, materiales y mano de obra para distintas ampliaciones y obras ejecutadas en el inmueble.
El caso se centró en una propiedad cuya titularidad pertenecía exclusivamente a la mujer. Sin embargo, durante la relación, la vivienda fue objeto de diversas mejoras, entre ellas la construcción de un quincho, un lavadero, depósitos y cerramientos que incrementaron significativamente su valor.
Tras la ruptura de la pareja, el hombre inició acciones judiciales reclamando el reconocimiento de los aportes realizados y el reintegro de una parte de la inversión efectuada durante los años de convivencia.
Mirá también: Federico Scrimini en Dos Generaciones, Una Entrevista
Para resolver el conflicto, los jueces tuvieron en cuenta declaraciones testimoniales y una pericia arquitectónica que confirmó que las obras fueron realizadas durante el período en que ambos convivieron.
En su análisis, el tribunal consideró que desconocer esos aportes implicaría permitir un enriquecimiento sin causa en beneficio de la propietaria del inmueble, situación que el ordenamiento jurídico busca evitar.
Además, los magistrados remarcaron que en las relaciones convivenciales es habitual que muchos gastos y contribuciones no queden respaldados por documentación formal, por lo que las pruebas testimoniales adquieren especial relevancia para reconstruir los hechos.
La relación entre las partes se extendió entre 2007 y 2021 en la ciudad de Santa Rosa. Tras la separación, el conflicto llegó a la Justicia, que finalmente reconoció el derecho del exconviviente a recibir una compensación económica por los aportes acreditados.
El fallo es considerado novedoso porque refuerza la posibilidad de reclamar indemnizaciones o compensaciones luego de una unión convivencial cuando una de las partes logra demostrar que contribuyó de manera concreta a mejorar o incrementar el valor de bienes pertenecientes exclusivamente a la otra.
Te puede interesar: El Multi Stream