El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) exceptuó del aislamiento social, preventivo y obligatorio a las empresas prestadoras de telefonía fija o móvil, Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, que presten servicios en localidades de hasta 100.000 habitantes.
La resolución 362/2020 publicada en el Boletín Oficial precisó que estas empresas quedan exceptuadas de la suspensión en forma completa de la atención al público.
Además, indicó que podrán proceder en dichas localidades mediante la implementación de guardias mínimas de atención a usuarios y usuarias al solo efecto de garantizar el funcionamiento del servicio y proceder al cobro de facturas, sin perjuicio del mantenimiento del sistema electrónico de atención comercial y de reclamos de emergencia.