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El País #Economía

Cómo acceder a los créditos para monotributistas a tasa cero

Con esta sencilla guía podrás ver cómo iniciar el trámite, que se pondrá en vigencia a partir del próximo lunes.

La Administración Nacional de Ingresos Públicos (AFIP) dio a conocer este jueves los requerimientos para acceder a los créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos. Se pondrá en vigencia desde el próximo lunes. 

 

¿Cómo iniciar la solicitud?Se hará por medio del sitio oficial de AFIP en el apartado "Crédito Tasa Cero" que entrará en funcionamiento entre el 4 y 29 de abril.

 

Los beneficiarios deberán ingresar con Clave Fiscal 

 

Será requisito poseer Domicilio Fiscal Electrónico

 

¿Cuál es el monto al que puedo acceder?El monto máximo es de hasta $150.000

 

El sistema le indicará los montos mínimo y máximo del crédito susceptible de ser otorgado

 

Una vez referenciado, se deberá ingresar el importe del crédito que solicita

 

En caso de poseer tarjeta de crédito bancaria, se deberá ingresar el número 

 

¿Qué pasa si no tengo tarjeta de crédito?En caso de no poseer tarjeta de crédito bancaria, se deberá informar a la entidad bancaria de su elección para la tramitación del crédito correspondiente

 

¿Cómo se evaluará?El crédito susceptible de ser otorgado, conforme la solicitud del contribuyente.

 

Los importes totales correspondientes los tres (3) períodos fiscales con vencimiento posterior al otorgamiento del crédito, en concepto de impuesto integrado y cotizaciones previsionales, aportes previsionales (para los casos de trabajadores autónomos

 

En caso de no resultar procedente, el sistema indicará al contribuyente los motivos por los cuales se deniega la solicitud

 

¿Cómo se efectivizará?El crédito será desembolsado en tres cuotas mensuales iguales y consecutivas. Tendrá un plazo de gracia de seis meses y se cancelará luego en 12 cuotas. La entidad bancaria realizará, en el mismo momento del desembolso de la cuota del crédito, el pago del “Volante Electrónico de Pago” correspondiente a cada uno de los períodos fiscales, en nombre del contribuyente.

 

Además, los beneficiarios a la línea de financiación a tasa cero estarán prohibidos de efectuar compras de moneda extranjera ni vender títulos de con liquidación en moneda no local o tranferirlos a otras entidades.

 

Fuente: BAE Negocios

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