La visita oficial del papa León XIV a la Argentina, prevista entre el 8 y el 11 de noviembre de 2026, tendrá un impacto en el calendario laboral de ese mes. A través del Decreto 1103/2026, publicado en el Boletín Oficial el 28 de septiembre, el Gobierno nacional estableció tres jornadas especiales para facilitar la organización de las actividades, los operativos de seguridad y la circulación de personas.
La medida contempla un feriado nacional y otros dos con alcance territorial limitado. Por eso, es importante tener en cuenta qué días corresponden a cada jurisdicción.
Cómo quedan los feriados por la visita del Papa
De acuerdo con lo establecido en el decreto, el cronograma será el siguiente:
Lunes 9 de noviembre: feriado nacional en todo el territorio argentino.
Martes 10 de noviembre: feriado exclusivamente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la provincia de Córdoba.
Miércoles 11 de noviembre: feriado exclusivamente en la provincia de Buenos Aires.
De esta manera, el lunes 9 será feriado en Santiago del Estero, al igual que en el resto del país. En cambio, las jornadas del 10 y 11 de noviembre no se extenderán a la provincia.
La normativa también contempla a los organismos y dependencias sujetos a jurisdicción nacional que desarrollan sus actividades en los territorios alcanzados por las medidas.
¿Por qué se establecieron los días especiales?
Según los fundamentos del decreto, las jornadas fueron dispuestas para facilitar la organización de las actividades oficiales, religiosas e institucionales previstas durante la visita apostólica, además de garantizar los operativos de seguridad, logística y ordenamiento del tránsito.
El viaje del sumo pontífice incluirá actividades en Buenos Aires, Córdoba y Luján, de acuerdo con el cronograma difundido por las autoridades eclesiásticas.
Qué otros feriados quedan en 2026
Después de las jornadas especiales por la visita papal, el calendario nacional contempla otras fechas de descanso durante noviembre y diciembre:
23 de noviembre: feriado por el Día de la Soberanía Nacional, trasladado desde el 20 de noviembre.
7 de diciembre: día no laborable con fines turísticos.
8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María.
25 de diciembre: Navidad.
Es importante distinguir entre un feriado nacional y un día no laborable. En este último caso, dentro del sector privado, la decisión de otorgar la jornada corresponde al empleador, según la normativa laboral vigente.




















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