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El País El juez determinó que no hubo ánimo lascivo

Turista le tocó la cola a una empleada del aeropuerto por ayudarlo y fue sobreseído

Estadounidense de 75 años fue denunciado por abuso sexual tras tocar la cola de una empleada de un local de comidas rápidas. El informe judicial en la nota.

Un turista estadounidense de 75 años fue denunciado por abuso sexual tras tocar la cola de una empleada de un local de comidas rápidas en el aeropuerto Jorge Newbery. El hecho ocurrió el 14 de noviembre pasado, cuando el hombre solicitó ayuda para realizar un pedido, ya que no hablaba español. Según su declaración, el gesto fue una expresión de agradecimiento, sin intención lasciva.

La empleada, al sentirse vulnerada, presentó la denuncia ante la Policía del aeropuerto. Las cámaras de seguridad registraron el incidente, y tanto la denunciante como el acusado coincidieron en el relato de los hechos, con la única diferencia de que la empleada aseguró que el turista pronunció un sonido de celebración, algo que él negó.

El juez de instrucción Luis Schegel determinó el sobreseimiento del acusado al considerar que el acto carecía de connotación sexual y que se trató de un gesto impulsado por la efusividad del agradecimiento. “No se encuentra controvertido que el acusado tocó por un instante la zona de los glúteos de la denunciante –acto reprochable según las normas y costumbres de este país–, pero no se advierte ánimo lascivo en su conducta”, expresó el magistrado.

 

Contexto del hecho

El turista y su esposa habían viajado a Argentina para celebrar su aniversario de bodas con un viaje a la Antártida. Sin embargo, tras perder un vuelo de conexión, decidieron comer en el aeropuerto. Al solicitar ayuda para usar un tótem de pedidos virtuales, el hombre tocó a la empleada como señal de agradecimiento, según su declaración: “Quería hacerle saber que le estaba diciendo gracias; no me di cuenta qué parte del cuerpo le había tocado”.

La esposa del acusado respaldó la versión, señalando que su marido es una persona “muy expresiva” y que el contacto fue un gesto espontáneo.

 

Resolución judicial

El juez Schegel sostuvo que la conducta del turista, aunque reprochable en términos culturales, no cumplía con los elementos necesarios para ser considerada un abuso sexual. Destacó que el acto fue breve, accidental y no tenía intención lasciva, calificándolo como parte de un gesto habitual del acusado, quien repitió movimientos similares en otras situaciones, según el video de las cámaras.

El fallo citó jurisprudencia de la Cámara del Crimen, enfatizando que un acto sexual requiere un claro ánimo lascivo para ser considerado delito.

Finalmente, el juez concluyó que la denuncia no carecía de fundamento, pero que la conducta del acusado no encuadraba en los términos de abuso sexual, resolviendo su sobreseimiento y levantando la prohibición de salida del país.

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