El Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de La Banda aprobó este lunes la ordenanza denominada “Ficha Limpia”, iniciativa que establece nuevas condiciones de elegibilidad y permanencia para el acceso a cargos públicos municipales, tanto electivos como designados.
La normativa tiene como objetivo garantizar los principios de idoneidad, integridad, ética pública y transparencia en el ejercicio de la función pública, e incorpora inhabilidades para quienes registren determinadas condenas penales. Según el texto aprobado, la medida alcanza a funcionarios del Ejecutivo y del Legislativo municipal, integrantes de organismos descentralizados y autárquicos, candidatos a cargos electivos, autoridades de la Defensoría del Pueblo, Tribunal de Cuentas, Tribunal de Faltas y personal de instituciones educativas municipales.
Durante el tratamiento del proyecto, los concejales que respaldaron la iniciativa sostuvieron que la ordenanza busca fortalecer la confianza ciudadana en las instituciones y elevar los estándares éticos para el ejercicio de la función pública. Entre los fundamentos expuestos se remarcó que la corrupción debilita el sistema democrático y erosiona el vínculo entre la ciudadanía y sus representantes.
Asimismo, se argumentó que el acceso a cargos públicos requiere condiciones de idoneidad acordes con el artículo 36 de la Constitución Nacional, el cual prevé inhabilitaciones para delitos graves contra el Estado y el sistema democrático. Los impulsores del proyecto señalaron que diversas provincias argentinas ya avanzaron en legislaciones similares orientadas a promover la transparencia y la ética pública.
Entre los fundamentos incorporados a la ordenanza también se destacó la dimensión simbólica de la representación política y la necesidad de preservar la confianza institucional. En ese marco, se incluyeron referencias específicas a delitos contra la integridad sexual, violencia de género y violaciones graves a los derechos humanos. Los concejales señalaron que quienes ejercen cargos públicos no solo administran poder, sino que también representan valores democráticos compartidos por la comunidad.
La ordenanza establece que quedarán inhabilitadas las personas condenadas en segunda instancia —aunque la sentencia no se encuentre firme— por una serie de delitos contemplados en el Código Penal, entre ellos homicidios agravados, delitos sexuales, trata de personas, secuestros, delitos contra la administración pública, corrupción, narcotráfico y otros ilícitos graves. También contempla restricciones para personas procesadas por genocidio o delitos de lesa humanidad.
El texto aprobado dispone además que los funcionarios y agentes alcanzados deberán presentar certificados de antecedentes penales dentro de los treinta días de asumir sus funciones. Del mismo modo, los partidos políticos y alianzas electorales deberán acompañar dichos certificados al momento de oficializar candidaturas. En caso de incumplimiento, el órgano electoral podrá intimar su presentación o requerir el reemplazo del postulante.
La nueva ordenanza entrará en vigencia una vez promulgada, conforme a lo establecido por la Carta Orgánica Municipal de La Banda.