Para salir de la provincia o del país con un menor, que viaja en compañía de uno de sus padres, es necesaria una autorización firmada ante escribano público. Sin ella no les permitirán subir al micro, avión o cruzar la frontera.
En entrevista con Nuevo Diario la Dra. Sibila Toloza Campini, explicó los requisitos necesarios para llevar a vacacionar a los niños y detalló: “Las consultas más frecuentes en derecho de familia son de los divorciados, sobre que necesitan para viajar con sus hijos menores de edad” y agregó: “Si el menor viaja con ambos padres (caso que ambos progenitores se lleven bien, tengan buen diálogo y se respetan mutuamente en su situación de separados en su vínculo) no será necesaria la autorización, ya que con los DNI y actas de nacimiento ya se acredita el vínculo”.
Con respecto a si el menor viaja con uno de sus padres indicó: “Si el menor viaja con uno de los progenitores, si se necesitará la autorización del otro progenitor, que debe ser realizado ante escribano publico” y explicó una situación: “Si hay una mala comunicación entre progenitores y el cuidado esta judicializado, es decir en el Juzgado de Familia y quiere viajar (sea en el país o exterior) su abogada/o debe presentar un escrito al juzgado solicitando permiso y se le correrá traslado al otro progenitor para que lo autorice,. pero si por algún motivo se demoró en tramitarlo antes de la feria judicial, se podrá solicitar habilitación de feria y tramitar este permiso”. Explicó sobre los viajes fuera del país,“otro caso es si el menor viaja al exterior con uno solo de los progenitores, se requerirá la autorización del otro y podrán hacerlo en la escribanía”. Continuó, “también está contemplada la opción de realizar permisos limitados. Por ejemplo, para un único viaje a un país puntual o bien sólo por un tiempo acotado, con la ventaja de que en cualquier momento, alguno de los firmantes puede arrepentirse y hacer una gestión para revocar el permiso dado”, expresó.
Con respecto a cuánto demora el pedido de autorización dijo que, “la demora estimativamente para la autorización pueden ser de 10 días hábiles, en el caso de estar en feria judicial como es durante este mes, demorará mucho más, son trámites que podrían demorar más de dos a tres meses o más por eso es recomendable hacerlo con tiempo”.
En el caso de que los abuelos o tíos quieran llevar a los menores sin los padres, que es lo requerido dijo: “Cuando el menor viaja con un tercero (abuelos o tíos) ambos progenitores darán su autorización, ante un escribano y deberán entregar además los DNI, carnet de obra social y toda la documentación necesaria”.
Por otra parte, si uno de los padres murió, el otro podrá salir del país con sus hijos menores de edad mostrando el certificado de defunción.