Los trabajadores de la construcción comenzaron a percibir desde julio de 2026 un nuevo incremento salarial luego de que quedara homologado el acuerdo paritario alcanzado entre la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA) y las cámaras empresarias del sector.
La actualización establece un aumento del 2% sobre los salarios básicos vigentes al 30 de junio y forma parte del convenio salarial correspondiente al período junio-agosto de 2026. La suba se aplica de manera acumulativa respecto del incremento otorgado el mes anterior.
Así quedaron los salarios de los albañiles en julio de 2026
Para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 76/75, los valores básicos por hora en la Zona A son los siguientes:
Oficial especializado: $6.800 por hora.
Oficial: $5.817 por hora.
Medio oficial: $5.375 por hora.
Ayudante: $4.948 por hora.
Sereno: $898.817 mensuales.
A estos importes deben añadirse los adicionales previstos en el convenio colectivo, entre ellos los correspondientes por zona, antigüedad y otros conceptos aplicables según la actividad desarrollada.
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Suma fija no remunerativa
Además del incremento salarial, el acuerdo contempla el pago de una suma fija mensual no remunerativa para los trabajadores de la construcción. En la Zona A, los montos son los siguientes:
Oficial especializado: $72.900.
Oficial: $67.100.
Medio oficial: $61.500.
Ayudante: $57.900.
Sereno: $57.900.
El pago se realizará en dos cuotas: el 50% junto con la primera quincena de julio y el 50% restante con la segunda quincena. Estas sumas también se incrementan con los adicionales convencionales que correspondan.
Cómo continúa la paritaria
El entendimiento entre la UOCRA y las cámaras empresarias prevé un esquema de aumentos acumulativos durante tres meses:
Junio de 2026: incremento del 2,1% sobre los salarios básicos de mayo.
Julio de 2026: incremento del 2% sobre los básicos de junio.
Agosto de 2026: incremento del 1,9% sobre los básicos de julio, con la incorporación parcial de la suma no remunerativa.
Desde cuándo rigen las nuevas escalas
Tras la homologación de la Secretaría de Trabajo, el acuerdo quedó plenamente vigente, por lo que las empresas alcanzadas por los convenios colectivos de la actividad deben liquidar los nuevos salarios y las sumas extraordinarias establecidas.
Si bien los montos fijos conservan su carácter no remunerativo, el convenio dispone que estarán alcanzados por los aportes y contribuciones destinados a la obra social de los trabajadores.